Presidente de la República de Colombia. (1978). Decreto 1608 de 1978, por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de fauna silvestre., Pub. L. No. 1608 de 1978.

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8241

Este decreto reglamenta las actividades que se relacionan con la fauna silvestre. Las entidades competentes para preservar la fauna establecidas en esta norma no serán competentes para otorgar licencias, permisos, o autorizaciones con respecto a este recurso. La entidad puede, en aras de proteger la fauna silvestre, crear áreas de reserva y regular las actividades de repoblación fáunica e introducción de especies de la fauna silvestre.